9° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO ACOGE DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLES EN ZONA CENTRO SUR

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El Noveno Juzgado Civil de Santiago acogió demanda por incumplimiento de contrato de suministro de combustible, y ordenó a la Empresa Nacional de Energía (Enex) pagar indemnizaciones por no abastecer a estaciones de servicios en Linares, Coronel, Lautaro y Puerto Montt.En el fallo (causa rol 2342-2016), la magistrada Lidia Poza Matus acogió la demanda presentada por las empresas: Combustibles Sunnergy Ltda, Combustibles Multimport y Distribuidora Nacional de Combustibles, en contra de Enex por no cumplir los acuerdos firmados en 2011 para la entrega de combustible en los puntos acordados.

"(...) conforme a los antecedentes revisados, documentos que constituyen plena prueba, testimonios concordantes y falta de antecedentes suficientes que suministrara en contrario la demandada, ha quedado en evidencia que Enex S.A. incumplió el contrato de suministro de combustibles acordado con las demandantes ya que no otorgó las alternativas para la carga del combustibles en todos los puntos ofrecidos, no remedió satisfactoriamente cualquier inconveniente, y no suministró el combustible, amparándose en una deuda muy menor a la línea de crédito que acordó con las demandantes, sin tener en cuenta que ellas a pesar de todas las dificultades siguieron comprando el producto e incluso accedieron a firmar un acuerdo de pago finiquitara los saldos y les dejara la posibilidad de retomar el contrato de suministro y reponerse de los dificultades, originadas en la conducta incumplidora de la demandada", sostiene el fallo.La resolución agrega que: "adicionalmente a ello, Enex desatendió los términos del propio Acuerdo de Pago, exigió garantías más allá de lo razonable y no reconoció en forma oportuna los pagos efectuados devolviendo los pagarés y documentos comprometidos, tal como el artículo 1546 del Código Civil obligaba".

"No era ciertamente necesario –continúa– estipular la devolución de pagarés y boletas puesto que la demandada debía saber por su propio giro que quienes comercian deben mantener su contabilidad ordenada y respaldada, siendo una obligación de la naturaleza, tal como nos recuerda el artículo 1444 del Código Civil. Esperar oponer excepciones en un juicio ciertamente resulta absurdo (...) todo lo razonado entonces, conclusiones de hecho y fundamentos de derecho expresados, este tribunal declarará resuelto el contrato de suministro por los sucesivos incumplimientos contractuales de la demandada y ordenará el cumplimiento del Acuerdo de Pago; motivo por el cual se condenará a la demandada a soportar el pago de los perjuicios del modo que se verá más adelante y a entregar los pagarés y boletas de garantía otorgadas a propósito de esta última convención".

Por lo tanto, concluye:
"La parte demandada deber pagar a las demandantes a título de daño emergente la suma de $2.008.218.176 más los reajustes e intereses del considerando septuagésimo primero.
Que se acoge la demanda de cumplimiento del Acuerdo de Pago y se ordena a la demandada pagar a título de indemnización de perjuicios la suma de $5.589.501 como daño emergente por cada mes que la demandada ha mantenido en su poder los documentos respectivos conforme se dice en el considerando septuagésimo segundo.
Que se condena a la demandada a pagar a las demandantes la suma de $203.157.904 a título de lucro cesante en la acción de cumplimiento del acuerdo de pago

Tribunal, entre otros, condenó a Enex S.A. pagar "a las demandantes a título de daño emergente la suma de $2.008.218.176 más los reajustes e intereses".

http://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/9%C2%B0-juzgado-civil-de-santiago-acoge-demanda-por-incumplimiento-de-contrato-de-abastecimiento-de-combustibles-en-zona-centro-sur?redirect=http%3A%2F%2Fwww.pjud.cl%2Fnoticias-del-poder-judicial%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_kV6Vdm3zNEWt%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D2